PLANIFICACIÓN
ESTRATÉGICA EDUCATIVA EN UNIDADES DE FORMACIÓN
Autor: Antonio
Santos Mujica Choquetarqui
Fecha: 09 de
octubre de 2018
Email:
totomux@hotmail.com
Celular: 72522911
Docente: Ing. Rocío Callisaya Sánchez
RESUMEN: En este artículo se realiza un análisis de la planificación
estratégica educativa en nuestro país y nuestro contexto institucional, detectando
las principales falencias, considerando las unidades de formación utilizadas
para la transmisión de conocimientos coherentes con nuestro contexto socio
cultural y la realidad educativa que atravesamos.
PALABRAS CLAVE: Planificación estratégica: Es un proceso
sistemático de desarrollo e implementación de planes para alcanzar propósitos u
objetivos. Unidades de formación: Son los conocimientos traducidos en textos
guía para la elaboración de planes.
1. INTRODUCCIÓN.
Bolivia vive un profundo proceso
de transformaciones que se desarrollan a partir de la decisión soberana de
nuestro pueblo de construir un proyecto de sociedad pertinente a nuestra
realidad y a nuestras aspiraciones como país: el Estado Plurinacional. Esto
involucra también transformaciones estructurales en la educación, por lo que a
partir de las exigencias del proyecto histórico se han planteado los criterios
y sentidos de una propia forma de educar.
Desde la promulgación de la Ley
de la Educación Avelino Siñani – Elizardo Pérez N° 070 y la implementación del
Modelo Educativo Socio comunitario Productivo, se inicia una nueva etapa en la
educación boliviana a través de la cual se retoman las grandes reivindicaciones
del pueblo boliviano y la memoria y/o experiencias históricas de los pueblos y
naciones indígena originarias, construido bajo un largo proceso participativo y
de diálogo consensuado por las organizaciones y los sectores sociales del
ámbito educativo a nivel nacional.
En las tres últimas décadas han
visto en América Latina excepcionales progresos en lo que refiere a relaciones
cívico – militares. El fin de las dictaduras militares durante la década de 1970
y los años ´80, y el retorno de la democracia, ha sido considerado como uno de
los momentos más importantes para el progreso de la región desde su
independencia. La democracia se ha convertido en un objetivo, al menos
declarado, de toda la región, e incluso los gobiernos más autoritarios han
tenido que encontrar maneras de hacer sobrevivir procesos democráticos como
elemento central de su vida política.
En medio de toda esta actividad positiva
que se ha producido casi de forma generalizada, aunque con importantes excepciones,
se dio la concreta subordinación de las Fuerzas Armadas al poder civil y constitucional.
Esas mismas Fuerzas Armadas, sin embargo, cuando se trata de la reforma de sus
sistemas universitarios militares, han estado menos ansiosas por avanzar
rápidamente hacia el cambio y reforzar la democracia a través de la preparación
de su personal que se capacita y forma en los diferentes institutos de pre y
posgrado.
2. DESARROLLO.
La Constitución Política del
Estado (CPE), promulgada el 7 de febrero de 2009, señala en su artículo 77 que: “… la educación es la más
alta función financiera del Estado”, que tiene la obligación indeclinable de
sostenerla, garantizarla y gestionarla. Indica que la Constitución se refiere a
la protección de la educación señalando que el Estado y la sociedad tienen
tuición plena sobre el sistema educativo, que comprende la educación regular,
la educación alternativa y especial y la educación superior de Formación
profesional. El artículo 80 del texto constitucional, se refiere al objetivo
general de la educación boliviana, siendo este la formación integral de las
personas y el establecimiento de la conciencia social crítica en la vida y para
la vida. Asimismo, señala que la educación boliviana está orientada a la
Formación individual y colectiva, al desarrollo de competencias, aptitudes y
habilidades Físicas e intelectuales que vinculen la teoría con la práctica
productiva, la conservación del medio ambiente, la biodiversidad y el
territorio para vivir bien.
Deberá contribuir al fortalecimiento de la unidad
del Estado y al desarrollo cultural de los pueblos indígenas originarios,
campesinos del Estado Plurinacional de Bolivia.
De manera específica, se refiere
a la educación superior en sus artículos 91 al 97 y a la ciencia, la tecnología
y la investigación en su artículo 103. Señala que la educación superior desarrolla
procesos de Formación profesional, de generación y divulgación de
conocimientos, los mismos que deben estar orientados al desarrollo integral de
la sociedad, tomando en cuenta no sólo los conocimientos científicos del mundo,
sino también los saberes colectivos de los pueblos indígenas originarios
campesinos.
Por primera vez en la historia
del país la ley de leyes constitucionaliza la misión de la educación superior.
Después de conceptualizarla como intracultural, intercultural y plurilingüe,
señalando que dicha misión está dirigida
a la formación integral de recursos humanos, con alta calificación y
competencia profesional, a desarrollar procesos de investigación científica
para resolver problemas de la base productiva y del entorno social, a promover
políticas de extensión e interacción social para Fortalecer la diversidad
científica, cultural y lingüística, participar junto al pueblo en todos los
procesos de liberación social, para construir una sociedad con mayor equidad y
justicia social.
También el texto constitucional
boliviano señala con precisión la integración de la educación superior, está
conformada por las universidades, las escuelas superiores de formación docente,
los institutos técnicos y tecnológicos y artísticos fiscales y privados,
garantizando la existencia y funcionamiento de una educación superior boliviana
pública y privada, hace una referencia genérica de las universidades.
En la Ley 070, Ley de la
Educación Avelino Siñani y Elizardo Pérez, se refiere en el artículo 61 a las
universidades de régimen especial señalando las siguientes características: Las
universidades de régimen especial son: la Universidad Militar y la Universidad
Policial. Son instituciones académicas de Formación superior. Tienen carácter
público y son financiadas y administradas por el Estado. En lo institucional
dependen de los ministerios del ramo; en lo académico, del Ministerio de
Educación. Están autorizadas a emitir diplomas académicos. Los títulos
profesionales son otorgados por el Ministerio de Educación
Lamentablemente la Ley de
Educación Avelino Siñani y Elizardo Pérez, al igual que la ley anterior a la
que sustituyó, abarcan tangencialmente a la educación superior boliviana, dirigiendo
su atención fundamentalmente a la vinculada con la formación de maestros. Uno
de sus principales aciertos es el de unificar el sistema de educación superior
boliviano, sin vulnerar el principio fundamental de la autonomía que beneficia
a las universidades públicas.
Existen aún vacíos legales
relacionados con la educación superior universitaria en Bolivia. Siguiendo
mandatos institucionales es de esperar que la Ley de Educación 070 sea complementada
por lo menos con una Ley de la Educación Superior, que permita normar y regular
el gran crecimiento en número que se ha dado en el país en el curso de las
últimas décadas. De igual manera, la formación de postgrado merece una atención
especial y privilegiada, tal cual reza la Constitución Política. Por vez
primera el sistema universitario conformado por las universidades públicas
autónomas ha logrado formular y aprobar un nuevo modelo académico en el que se
encuentran grandes coincidencias con las políticas de Estado, específicamente
las expresadas en la nueva Constitución Política.
PLANIFICACIÓN CURRICULAR: Es
también conocida como la CONCRECIÓN CURRICULAR. Esta forma de planificar
requiere de varios componentes, primero contextual (siempre partiendo de lo
particular a lo general), se debe tener el currículo diversificado, que lo definen
como necesidades básicas de aprendizaje locales o regionales, o también se lo conoce
como contextualización, es decir, se adecúan términos y contenidos a la
realidad o que se construyen de acuerdo a las demandas concretas de la
realidad. Una vez contextualizado son enriquecidos por los aportes del
currículo regionalizado y currículo base. La concreción curricular debe partir
por el currículo base para luego pasar por el currículo regionalizado hasta
llegar al currículo diversificado.
Se empieza por el currículo
diversificado porque se la necesidad de incorporar ciertos temas o contenidos
en la currícula, que le hace falta desarrollar, fortalecer, mejorar en el
estudiante. En esta adecuación de temas o contenidos también se puede dar la
creación o incorporación de nuevos contenidos. Es necesario empezar para una buena
concretización a partir del currículo diversificado. Tengan en cuenta que la
formación del estudiante también va dirigida hacia la formación universitaria,
policial, militar y técnica.
La planificación no es sólo
contextual, también es normativo, al basarnos en los tres currículos, base,
regional, diversificado, estamos enmarcándonos en la normativa de la ley 070 y
su Modelo Socio comunitario Productivo. Lo normativo también es concreción
curricular.
Para cumplir y hacer cumplir la
filosofía política del Estado Plurinacional de Bolivia, sus principios, bases y
fines. Por eso no podemos estar fuera del contexto. Ahora cómo se da esa concreción
curricular por medio de las normativas dadas, pues a través del conocimiento y aplicación
del enfoque pedagógico que es descolonizador, comunitario, productivo y
liberador; a través del cumplimiento de los principios: Descolonizadora,
liberadora, revolucionaria, transformadora; Educación comunitaria, democrática,
participativa, consensos; Educación intracultural, intercultural y plurilingüe; Educación
productiva y territorial; Educación científica, técnica, tecnológica y
artísticas. Por medio de los ejes articuladores del currículo (educación intracultural,
intercultural y plurilingüe, educación en valores socio comunitarios, educación
para la producción, educación en convivencia con la naturaleza y salud
comunitaria), a través del fin de la educación, que es el vivir bien, por medio
de la temática orientadora, objetivos de los niveles inicial, primaria y
secundaria, en fin, por medio de la concreción de los diferentes elementos del
currículo partiendo desde el contexto, el PSP, PAB y PDC.
3. CONCLUSIONES
Durante este aspecto
constructivista, descontextualizada del medio y la realidad educativa, se impone
una orientación individualista, modernizadora y globalizadora, donde solo se
prioriza la educación en el nivel primario y dejando de lado a los otros
niveles de formación.
El desarrollo de los currículos
de competencia lleva a la competencia individual del aprendizaje. La ley 070
“Avelino Siñani - Elizardo Pérez” tiene como objetivo formar un nuevo ciudadano
boliviano, lo cual surge para promover un proceso de transformación social en convivencia
comunitaria con la madre tierra través del desarrollo de las dimensiones del
ser, saber, hacer y decidir.
En el contexto de nuestro modelo
educativo señala los saberes y la puesta en práctica de los conocimientos puede
interpretarse como dar soluciones, pero ello demanda en más la comprensión de
los educadores, de que deben actuar según lo establecido, pero ello no se ha podido
consolidar en vista que no existe una relación entre los educadores y los que administran
la educación.
Es urgente promover una ley
complementaria que rija y parametrice la educación superior en nuestro país,
asimismo dentro nuestra institución que permita al personal formarse y actualizarse
con los conocimientos especializados de cada una de las fuerzas, armas y cursos
complementarios, efectivizando sus funciones dentro de nuestras Fuerzas
Armadas.
4. BIBLIOGRAFÍA Y REFERENCIAS
FORMACIÓN Y EDUCACIÓN MILITAR,
LOS FUTUROS OFICIALES DE LA DEMOCRACIA,
Hal Llapa, Desdar 2012.
La Nueva Educación en Bolivia El
Modelo Educativo Socio comunitario Productivo
Ministerio de educación, PROFOCOM
2014.
http://www.redalyc.org/html/373/37333040004/
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